En la instancia los querellantes someten al también Secretario de Organización del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) por violación a la ley especial número 448-06 sobre Soborno en el Comercio y la Inversión.
En una información publicada por Acento.com.do, los querellantes y parte del colectivo C3 están representados por Josefina Juan viuda Pichardo (ex fiscal del Distrito Nacional), Juan Tomás Taveras Rodríguez, Rafael Percival Peña, Melvin Velázquez Then, Reemberto Pichardo Juan y Alexander Mundaray.
Aseguran que Bautista incurrió en “la práctica corrupta de entregar dinero a un funcionario público haitiano”.
Según el artículo 5 de la citada ley, el sobornante, sea una persona física, será castigado con la pena de tres a diez años de reclusión, y condenado a una multa del duplo de las recompensas ofrecidas, prometidas u otorgadas, sin que, en ningún caso pueda esa multa ser inferior a cincuenta salarios mínimos.
En la querella mediante apoderamiento directo depositada en la Secretaría General de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), los querellantes solicitan al máximo tribunal que designe a un juez especial en virtud de lo que establece el Código Procesal Penal y que los querellantes tengan auxilio judicial durante las indagatorias.
De acuerdo con esta ley especial se considera reo de soborno transnacional a toda persona, ya sea física o jurídica, sujeta a la jurisdicción de la República Dominicana, que ofrezca, prometa u otorgue intencionalmente, directa o indirectamente, a un funcionario extranjero, cualquier objeto de valor pecuniario u otro beneficio, como favor, promesa, o ventaja, para dicho funcionario u otra persona.
Asimismo, condena que un funcionario realice u omita cualquier acto, en el ejercicio de sus funciones oficiales, en asuntos que afecten el comercio o inversión internacional.
NOTICIA LIBRE
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